Este
documento recoge un código de prácticas y acciones concretas que las personas
que ocupen cargos electos y de libre designación deberán cumplir para
asegurar una gestión política comprometida y cercana a la ciudadanía, con
mecanismos eficaces de transparencia y rendición de cuentas, democráticos y
populares, y con espacios reales de participación y decisión de la ciudadanía
en los asuntos públicos.
Ética y
política, tal como
vemos en la práctica más habitual, parece que no pueden ir juntos en la misma
frase. Sin embargo, nosotros pensamos que no solo se pueden, sino que se
deben conjugar para dar su verdadero significado a los cargos electos.
Las personas
que ocupen cargos públicos bajo el mandato de este código de ética política, se
comprometen también a impulsar los instrumentos y mecanismos legales necesarios
para que estos principios éticos se conviertan en norma obligatoria para
todos en la administración municipal.
Todas estas
personas se comprometen a:
Defender la aplicación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos
en los ámbitos social, político e institucional de nuestra sociedad.
1.- Gobernar obedeciendo:
1.1.- Defender lo establecido en el programa político de la candidatura y actuar como representantes, obligados a seguir las
decisiones tomadas en los mecanismos democráticos y abiertos a toda la
población que fije la candidatura, promoviendo la corresponsabilidad política
de todos y todas.
1.2.- Situar a las
personas como centro de nuestra actividad política, priorizando los objetivos
sociales, la cultura, la educación, la salud y el medio ambiente.
1.3.- No discriminar a nadie ni
actuar de manera arbitraria, debatiendo con honestidad
y respeto cualquier opinión o parecer.
1.4.- Asumir las responsabilidades legales y
morales que tiene el desempeño de un cargo
público, entendiendo este como un servicio a la ciudadanía.
1.5. Establecer un sueldo máximo, que será expresión de austeridad en la
gestión del dinero público. Esta retribución tiene que garantizar unas
condiciones dignas para ejercer las responsabilidades y funciones que suponen
el cargo asumido.
1.6.- No duplicar sueldos ni cobrar remuneraciones extras para asistir a
reuniones.
1.7.- Limitar su mandato a dos legislaturas consecutivas, excepcionalmente
prorrogable a un mandato más siempre que se dé un proceso de discusión y
validación ciudadana.
2.- Transparencia:
2.1.- Trabajar para conseguir una administración transparente y ágil que
facilite el acceso de los ciudadanos a las
informaciones que consten en poder del cargo público, cuando sean de interés
para la defensa de sus derechos y libertades.
2.2.- Facilitar
todos los ingresos, bienes y rendimientos patrimoniales de los representantes, así como
todos aquellos datos necesarios para la detección de posibles conflictos de
intereses y la elaboración de auditorías ciudadanas.
2.3.- Hacer públicos los criterios de contratación de las empresas que
prestan servicios en el ayuntamiento, así como los cargos de libre designación,
si hiciera falta. Habrá que analizar ben a quien y para qué se contrata,
siempre respondiendo a necesidades.
2.4.- Rendir
cuentas de sus actuaciones ante la ciudadanía, mediante instrumentos presenciales
y virtuales, asamblearios, democráticos y abiertos.
2.5.- Aceptar la critica (y revocación, en su caso) de concejales/as y
cargos de libre designación por mala gestión o por incumplimiento flagrante y
no justificado del programa. Para que esto sea posible, se establecerán mecanismos
de garantía y evaluación de la gestión de las personas con cargos públicos
de la candidatura, y la ciudadanía tendrá el derecho y el deber de participar activamente
en el control y seguimiento de la labor de los cargos públicos para garantizar
una correcta y honesta aplicación de este principio.
3.- Tolerancia 0 con la corrupción:
3.1.- Renunciar a
los regalos y privilegios que se les puedan ofrecer por su condición y que puedan significar un trato
de favor.
3.2.- No duplicar cargos en las instituciones, salvo aquellos vinculados a su condición
de concejal/a. Regulación estricta de las incompatibilidades durante el
ejercicio de los cargos públicos.
3.3.- Nada de puertas giratorias. No acceder durante un periodo, mínimo de 5 años, a
cargos de responsabilidad en empresas creadas, reguladas, supervisadas, o que
hayan sido beneficiarias de un contrato municipal, dentro del ámbito y/o sector
donde ha desarrollado su función representativa. En ningún caso se ocuparán
cargos en los consejos de administración de estas.
3.4.- No contratar con ninguna empresa
que este participada por personas imputadas o condenadas por alguno de los
supuestos anteriores.
3.5.-
No contratar servicios de empresas que operen o tengan sedes en paraísos
fiscales.
3.6.- Compromiso
de renuncia o cese de forma
inmediata de todos los cargos, ante la imputación por la judicatura de delitos
relacionados con corrupción, prevaricación con ánimo de lucro, tráfico de
influencias, enriquecimiento injusto con recursos públicos o privados, cohecho,
malversación y apropiación de fondos públicos, bien sea por interés propio o
para favorecer a terceras personas. Así como también en casos de acusación
judicial por delitos de racismo, xenofobia, violencia de género, homofobia u
otros delitos contra los DD. HH. o los derechos de las personas trabajadoras.
3.7.- Eliminación de la
inmunidad asociada al cargo en lo relativo a los delitos de corrupción
y eliminación de la prescripción de los mismos (habría que buscar la forma de
encajar este punto en el 2.6).
3.8.- Medidas contra el
transfuguismo, por ello Irabazi no admitirá en sus listas a ningún miembro integrado en la candidatura
de otra formación.
4.- Participación:
4.1.- Hacer públicas
las agendas de los representantes, para hacer visible con quién se reúnen y
los temas que se tratan. Se harán públicos también las órdenes del día y las
actas de las reuniones. Control estricto del absentismo de los cargos electos
en sus respectivas responsabilidades. Sanciones especificas por dejación de
funciones.
4.2.- Mantener un contacto habitual con colectivos en situación de
vulnerabilidad, garantizar el espacio necesario en sus agendas para atenderlos y dar respuestas
a sus propuestas, y tener presentes a la hora de tomar decisiones los informes
de las personas de la administración que trabajan con estos colectivos.
4.3.- Dar la palabra a las y
los vecinos, escuchar sus necesidades.
4.4.- Promover y ayudar el
trabajo de las asociaciones; que sientan que el ayuntamiento es su casa
y se favorezca la creación de un tejido social.
4.5.- Horarios asequibles a
la ciudadanía. Si la labor del ayuntamiento está a servicio de las y los vecinos, los
horarios tienen que amoldarse a la realidad de los mismos. Se tiene que acceder
con más facilidad a los servicios municipales.
Sabiendo que
lo que aquí se propone va más allá de lo que la ley exige, este compromiso de
ética política parte de la confianza y el compromiso de las personas que lo
firman. Al mismo tiempo, quiere ser un mecanismo de apoyo, supervisión y
control a su tarea. La misma metodología, trasparente y participativa,
que utilizamos en la elaboración de programa, tiene que ser la que oriente la
forma de gobernar al servicio de la ciudadanía.
Los
principios recogidos en este código ético comprometen a todas las personas de
la candidatura que ocupen cargos electos y de libre designación, tanto del
Ayuntamiento de Barakaldo como de las otras instituciones —públicas y
semipúblicas— donde el Ayuntamiento tiene participación financiera, y en los
espacios de toma de decisiones.
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